¿Puedo cancelar si firmé una cláusula de permanencia?
Revisa tu contrato: la permanencia mínima debe haber sido informada y aceptada expresamente. Las cláusulas que impiden terminar el contrato, imponen renovaciones automáticas indefinidas o sanciones desproporcionadas pueden ser abusivas y se tienen por no escritas (arts. 42 y 43, Ley 1480 de 2011). Radica tu cancelación por escrito y, si el gimnasio insiste en cobros, presenta queja ante la SIC.
Pagué el plan financiado o lo contraté por internet, ¿puedo retractarme?
Sí, si el contrato se hizo con financiación otorgada por el propio gimnasio o mediante venta a distancia (internet, teléfono), tienes derecho de retracto dentro de los 5 días hábiles siguientes (art. 47, Ley 1480 de 2011): se resuelve el contrato y deben devolverte el dinero. Para eso usa nuestra carta de retracto en lugar de esta cancelación.
¿Basta con enviar la cancelación por correo electrónico?
Por lo general sí: la comunicación electrónica es válida (Ley 527 de 1999). Envía el PDF firmado al correo de servicio al cliente del gimnasio, pide número de radicado o confirmación de recibido y conserva ambos. Verifica en tu contrato si además piden diligenciar un formato propio en sede.
¿Dónde encuentro mi número de socio?
En tu carné o app del gimnasio, en el contrato o en el cobro de tu extracto bancario. Si no lo encuentras, tu nombre completo y tu cédula también permiten ubicar el contrato; el número simplemente agiliza el trámite. Recuerda revocar por escrito cualquier débito automático al terminar.