¿Por qué poner por escrito un préstamo personal?
Precisamente entre amigos y familiares, un acuerdo breve aporta claridad: cuánto se prestó, cuándo se paga y si hay intereses. Además, un documento firmado por el deudor con una obligación clara, expresa y exigible puede prestar mérito ejecutivo para el cobro judicial (art. 422, Código General del Proceso).
¿Puedo cobrar intereses y hasta cuánto?
Sí, pero con límite: cobrar intereses que excedan en más de la mitad el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera constituye el delito de usura (art. 305, Código Penal) y los intereses en exceso se pierden. Muchos préstamos familiares se pactan sin intereses: la plantilla tiene una casilla para ello.
¿Y si no pactamos intereses?
En el mutuo civil los intereses de plazo solo se deben si se pactan. En caso de mora, a falta de pacto, aplica el interés legal civil del 6 % anual (arts. 1617 y 2232 del Código Civil). Deja la casilla o la tasa claramente diligenciada para evitar dudas.
¿Cómo pruebo la entrega del dinero?
El mutuo se perfecciona con la entrega. Hazla trazable: transferencia bancaria con referencia, o efectivo contra recibo firmado (usa nuestra plantilla de recibo). El contrato más el soporte de entrega son la prueba completa del préstamo.
¿Es válido el contrato firmado digitalmente?
Sí. El mutuo entre particulares no exige forma especial y la firma electrónica es válida conforme a la Ley 527 de 1999. Con Tamgara, ambas partes pueden firmar mediante un enlace, cada una desde su celular.